
Yadira Cubero
Tuderecho@laprensa.hn
Mi esposo se fue a Estados Unidos hace 16 años para buscar una vida mejor y se olvidó de mi hijo y de mí. Estamos legalmente casados, él viene a visitar a su mamá y hermanos con la hija que procreó allá. A nosotros no nos da nada. ¿Puedo exigirle manutención desde acá?
Sí, definitivamente sí puede hacerlo, las leyes que interesan al orden de familia así como al orden público pueden perfectamente exigirse legalmente por los interesados y en el caso de que su hijo esté legalmente reconocido por su esposo y usted esté casada él tiene la obligación de pagar los alimentos que la ley determina.
Llevo más de un año con mi novia, ella tiene 18 y está próxima a cumplir los 19 que tengo yo. Desde hace más de cuatro meses vivimos juntos, pero queremos formalizar nuestra relación. ¿tenemos inconvenientes para casarnos por lo civil?
De conformidad con la legislación civil son legalmente capaces de casarse todos los mayores de 21 años, pero en el caso de que sus padres o quienes ostenten sobre ustedes la patria potestad den la autorización legal para contraer matrimonio podrán hacerlo. De antemano muchas felicitaciones y mis mejores deseos en su porvenir.
Me casé hace seis años y me separé hace tres. Cuando interpuse la demanda de divorcio ocurrió un problema, ya que en el acta de matrimonio a mi esposa le cambiaron el nombre, por lo tanto el juez la rechazó. Ahora ya tengo el acta de matrimonio corregida con el nombre de ella. Mi pregunta es: ¿qué puedo hacer para presentar la documentación de nuevo? Este divorcio es de mutuo acuerdo.
Si la demanda no fue admitida deberá ser presentada nuevamente ante el juzgado competente, ahora bien si sólo se le pidió subsanar la equivocación usted podrá presentar la documentación ya corregida y proseguir con el trámite que había iniciado con anterioridad.
Tengo un hijo de un año. Cuando él nació mis relaciones con los familiares de ella no eran buenas; ella se quedó donde su madre, que vivía en otra ciudad por lo cual perdimos contacto. Cuando me di cuenta que ella había dado a luz la busqué porque sabía que el niño era mío. Cuando le pregunté acerca de los apellidos del niño me contestó que lo había reconocido sólo con los de ella. A pesar de todo he cumplido con mis obligaciones de padre. Ahora estamos juntos y el niño siempre lleva los apellidos de ella. ¿Cómo puedo hacer para reconocer al niño?
Antes que nada felicitaciones por su paternidad responsable. La solución es bastante sencilla: acuda ante un notario para que mediante una escritura pública pueda usted hacer el reconocimiento de paternidad y presentarlo ante el Registro Nacional de las Personas, RNP, o bien que la madre de su hijo presente una solicitud de reconocimiento ante el Juzgado de Familia y usted allanarse a la misma, con lo cual se le extenderá una certificación de sentencia judicial que contendrá el reconocimiento y deberá ser inscrito ante el RNP.
23 de abril del 2009Yadira Cubero
TuDerecho@laprensa.hn
¿Qué hago si me estafan en la compra de productos y servicios?
Debe interponer la denuncia ante la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y presentar la factura del bien adquirido, así como la indicación concreta de lo que compró y el establecimiento donde lo compró.
Una amiga se casó hace 11 años, tiene dos hijos de 5 y 10, pero ya no quiere vivir con su esposo. Él no acepta su decisión y la chantajea diciéndole que le quitará los hijos si lo deja. cuando él se da cuenta que sale le dice que andaba con hombres. Ella le aguanta por temor. ¿Qué debe hacer ella en este caso?
Su amiga aparentemente es víctima de violencia doméstica, psicológica y emocional, ya que el hecho de estar casada no le da derecho al esposo de considerarla un objeto de su propiedad. Ella como ser humano tiene derecho a profesionalizarse de manera continua, a explotar sus conocimientos y desarrollarse en todos los campos de su vida, tanto como madre, profesionista, etc. Lo primero que su amiga debe hacer es acudir al Ministerio Público en la Fiscalía Especial de Protección a la Mujer e interponer allí la acción por violencia doméstica. Le dictarán medidas de protección, como impedir que el esposo se le acerque y la intimide. Una vez agotado este proceso tendrá expedito solicitar el divorcio por la causa de malos tratos de obra y pedir la patria potestad de sus hijos.
Un familiar mío murió atropellado, pero dicen que no se puede pedir indemnización mientras el conductor no sea condenado en lo penal para proceder con la indemnización en lo civil. La fiscal retrasa el caso y la audiencia preliminar sigue pendiente. Mi consulta es: ¿Puede un profesional que no sea fiscal mover el caso y pedir dicha audiencia?
La acción penal por regla general corresponde al Ministerio Público, pero no implica que no pueda constituirse también un apoderado privado como acusador, aunque será siempre el representante de la Fiscalía quien deba solicitar la audiencia preliminar dentro de los 60 días siguientes a la celebración de la audiencia inicial, pudiendo ampliarse este término hasta por 60 días más en casos complejos que requieran la obtención de más medios de prueba. Si bien ya inició un proceso penal por homicidio culposo, eso no impide que un profesional independiente solicite diligencias precautorias a fin de garantizar la responsabilidad civil proveniente del tipo penal que se persigue, como embargos y prohibiciones de celebración de actos y contratos.
Hace cinco años tuve un hijo, pero salí por emergencia del país y no logré inscribirlo en el Registro Nacional de las Personas. ¿Qué me aconseja para registrarlo y tramitarle partida de nacimiento y pasaporte?
Debe acudir al Registro Nacional de las Personas para hacer un trámite de Inscripción por Omisión, para lo cual deberá presentar la constancia del hospital o de la partera que le atendió cuando dio a luz, dos testigos y cualquier otro documento que posea para acreditar este hecho. Ello le bastará para obtener la partida de nacimiento de su hijo y posteriormente podrá tramitarle el pasaporte.
No existencia física de la misma y una vez acreditado que ha sido cancelada la obligación existente ante ese ente, puede el Ministerio Publico perfectamente proceder al archivo de las diligencias, ya que no puede permanecer usted privado de sus derechos sin que se inste por parte del Ministerio Publico si es que cuenta con la autorización legal para actuar o el interesado (la empresa) actúen presentando ante un juzgado las acciones legales correspondientes.
Yadira Cubero
Tuderecho@laprensa.hn
¿Qué hago para proceder contra un médico por mala praxis? Tenía un terigión (un tejido delgado de carne que recubre la parte blanca del ojo), la cirugía era sencilla, pero tres meses después ya casi no miro con el ojo operado. ¿Qué me aconseja?
La mala praxis en el área de la salud se manifiesta cuando se provoca un daño en el cuerpo o en la salud de la persona, sea éste daño parcial o total, limitado en el tiempo o permanente, como consecuencias de un accionar profesional realizado con imprudencia o negligencia, impericia en su profesión o arte de curar o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo. Según la normativa legal aplicable está considerada en nuestro Código Penal como lesiones culposas u homicidio culposo (en caso de muerte), razón por la cual usted puede acudir al Ministerio Público a fin de presentar la denuncia correspondiente una vez agotadas las averiguaciones de rigor. Agotada esta instancia se podrá promover la acción penal ante el juzgado competente.
Yo vivo solo y no paso en mi casa. Frente a mi portón tiran basura. Cuando llego me desanimo al ver los desperdicios. ¿A quién me aboco para que sancionen a los irresponsables que tiran la basura ahí? Los que lo hacen son mis vecinos.
Usted puede acudir al Juzgado de Policía Municipal para interponer la denuncia respectiva y para que se cite a sus vecinos. También puede acudir al Juzgado de Paz de lo Criminal para que se proceda por faltas contra los responsables.
Mi esposo hace 15 años se fue para Eua, antes era responsable, incluso se llevó para allá a nuestros tres hijos. para que le saliera rápido la residencia se divorció de mí, pero sin consultarme. Una hermana de él firmó por mí. él tiene pareja desde hace dos años, a raíz de eso paso enferma. ¿Puede él volver a casarse allá estando casado aquí en Honduras conmigo? ¿Puedo pedirle yo que me pase manutención?
Antes que nada no me queda claro dónde se realizó el divorcio, pero si alguien firmó por usted sin su autorización eso constituye un delito de Falsificación de Documentos Públicos. Si él está casado aún con usted no puede casarse nuevamente puesto que sería constitutivo del delito de bigamia y si aún hay un matrimonio por supuesto que puede demandar la pensión alimenticia que como cónyuge le corresponde.
Un vecino siempre deja su carro estorbando frente a mi garaje y como la calle es angosta no puedo meter el mío. ya hemos tenido dos o tres problemas porque a él no le gusta que le toquemos el portón para pedir permiso. Mi conclusión es que el deja el carro allí con la idea de incomodarnos. Esta situación nos puede llevar a un problema grave, ya que en algún momento se me va a acabar la paciencia.
¿Qué hago?
Usted puede acudir al Juzgado de Policía Municipal a fin de que en aplicación a la Ley de Paz y Convivencia pueda ser citado tanto usted como él a fin de que lleguen a un acuerdo sobre el ingreso del vehículo y el estacionamiento del mismo.
Yadira Cubero
TuDerecho@laprensa.hn
Me había tomado tres cervezas y me pararon en un operativo de Tránsito. Se me sentía olor a licor, pero no me hicieron la prueba de alcoholemia. Me decomisaron la licencia. ¿Qué hago para no pagar la multa y que me devuelvan el documento?
Definitivamente deberá usted cancelar la multa, puesto que su conducta ha infringido la Ley de Tránsito, para lo cual deberá abocarse a las oficinas de la Dirección Nacional de Tránsito y una vez cancelada la multa le será entregada la licencia respectiva .
Gracias abogada por este espacio y sus consejos. Mi problema es que hay una persona que se mete a mi computadora. Mira todo lo que hago y con quien me comunico. Él es hacker y está invadiendo mi privacidad. ¿Hay alguna ley que me proteja?
La persona que está haciendo eso violenta su derecho constitucional de inviolabilidad de las comunicaciones, efectivamente es la norma primaria y el Código Penal de Honduras el que le garantizan a usted dicha privacidad, por lo que usted puede abocarse a las oficinas de la Fiscalía del Ministerio Público a fin de que realicen las averiguaciones correspondientes.
¿Me separé de mi esposa y le di todo lo que estaba en la casa. Me mudé, inicié trámite de divorcio, volví a amueblar mi apartamento, nos reconciliamos, volvimos a tener problemas, ella ya vendió los electromésticos que le dejé la primera vez, pero de nuevo quiere todo lo que está en mi apartamento. Sé que es inmoral lo que pide, ¿pero la ampara la ley?
Lastimosamente no me comenta usted las razones de los problemas en la actualidad, ni si en su matrimonio hay hijos menores. Si los enseres domésticos fueron adquiridos únicamente por su persona y no como parte de bienes conyugales o si se han casado bajo el régimen de bienes separados no tiene por qué poseerlos ella, salvo que se tratara de una situación de violencia doméstica en la que ella fuera víctima o que tuvieran hijos menores que quedaran bajo su guarda y custodia.
Felicitaciones por este espacio. Tengo un negocio, mi esposo y yo somos los socios. También tenemos propiedades a nombre de los dos y dos hijos, uno de 19 años y otro de 12. Yo quiero irme del país porque mi esposo es violento y dice que nunca me dará el divorcio. ¿Puedo divorciarme sin tener que hacer repartición de bienes? ¿Puedo divorciarme y seguir siendo socia? ¿Qué pierdo si me voy del país y solicito el divorcio desde el extranjero?
Lamento mucho su situación. En primer lugar no puede usted irse del país, pues le daría a él una causal para que fuera el quien iniciara el trámite de divorcio por abandono de hogar en contra suya, ahora bien usted puede iniciar el proceso de violencia doméstica para acreditar posteriormente en el juicio de divorcio los malos tratos y solicitar prohibición de celebrar actos contratos en las propiedades que poseen, esto no implicaría que tiene usted que dejar de ser socia y muchas veces es preferible para los hijos incluso que los padres se separen y que cada cual les brinde lo mejor que vivir en un núcleo de violencia. Ánimo y tome por usted y por sus hijos la mejor decisión, y que Dios le ilumine.
Soy una ex empleada que recibía acoso sexual y psicológico de mi jefe quien fue ascendido a otro cargo. Ahora él anda diciendo que me despidió porque no quería que las pretensiones obscenas, que en ningún momento acepté, le afectaran su imagen. ¿Cómo procedo de acoso sexual contra él?
Todo acto que atente contra la libertad sexual se encuentra regulado en el Código Penal. El artículo 147 establece: “Quien valiéndose de una situación de superioridad jerárquica laboral, administrativa, docente o análoga cause a la víctima inestabilidad laboral, descalificación en el desempeño de su trabajo o para ascensos laborales o le impida el acceso a un puesto de trabajo, como represalia a rechazo de actos indecorosos realizados a través de insinuaciones o solicitud de favores de carácter sexual para sí o para un tercero incurrirá en el delito de hostigamiento sexual y será sancionado con una pena de uno a tres años siempre y cuando la solicitud o insinuación de favores sexuales hubiesen sido rechazadas ante quien las promueva o se hubiese puesto oportunamente en conocimiento de la autoridad jerárquica laboral, o del gremio a que está afiliado el sujeto”. Si usted puso en conocimiento a la autoridad superior este hecho puede ahora acudir a la Fiscalía Especial de Protección a la Mujer para que se le dé el seguimiento oportuno a su caso.
LA FELICITO POR SU COLUMNA. tengo 19 años y estoy a punto de ser papá con una joven de 17 años. Los familiares me amenazaron con ir a los juzgados porque yo no quería hacerme responsable porque no estoy seguro si el bebé es mío. ¿Qué haGO?
Gracias por su felicitación y por su pregunta. Como efectivamente le han expuesto los familiares del la joven, ellos están en la libertad de acudir a los tribunales de justicia en el área de familia para solicitar un reconocimiento forzoso de paternidad; en caso de que así ocurra usted podrá solicitar al momento de contestar la acción interpuesta que se practique una prueba de ADN a fin de comprobar si el bebé es o no su hijo.
Tengo un niño de 3 añitos, CUYO padre vive en Estados unidos. él se fue desde que yo estaba embarazada. desde ese momento se desentendió, NO ME AYUDA económicamente NI le dio el apellido a mi hijo. ¿Hay alguna forma de obligarlo a que se responsabilice?
Debemos tener presente que las leyes que interesan al orden público no pueden eludirse ni modificarse por intereses particulares. Partiendo de esta norma contemplada en la legislación civil es que se vuelve factible la realización de acciones judiciales en contra de padres irresponsables que desatienden las obligaciones para con sus menores hijos, razón por la cual es posible la interposición de un proceso de reconocimiento de paternidad y solicitar que el padre de su hijo sea citado legalmente por un tribunal competente en el lugar donde se encuentra, para que una vez reconocido de manera legal pueda igualmente peticionar alimentos que por ley tiene la obligación de otorgar.
Por: Yadira Cubero
mailito:TuDerecho@laprensa.hn
Antes de responder las interrogantes quiero agradecer a Dios por permitir dirigirme a ustedes, así como a Diario LA PRENSA por hacer posible este espacio y a los lectores por sus comentarios, felicitaciones, preguntas y sus buenos deseos en los momentos difíciles que me ha tocado afrontar.
Tengo tres años de no salir de vacaciones. cuando las reclamo mi jefe me dice que sólo tengo derecho a dos años de los tres que me corresponden, que pierdo el derecho de uno por no haberme ido en tres años. ¿es cierto eso?
De conformidad con el artículo 350 del Código de Trabajo es prohibido acumular vacaciones por más de dos años, por lo que si el trabajador no las reclama oportunamente sí las pierde, como le ha manifestado su jefe. Por ello es importante que tome sus vacaciones en la fecha correspondiente, pues de lo contrario pierde el derecho a hacer uso de este beneficio.
Quisiera que me orientara. Soy una muchacha de 23 años, pronto voy a dar a luz y el padre de mi hija no quiere hacerse responsable. Él tiene 30 años, hace poco me enteré de que tiene una pareja en Islas de la Bahía, reside aquí en San Pedro Sula y tiene dos hijos procreados con su mujer. ¿ A dónde puedo abocarme para que el me pueda dar la manutención de mi hija?
Usted puede promover una acción por alimentos en el Juzgado de Familia con la acción precautoria de embargo del sueldo, propiedad u otro bien que el padre de su hijo posea, ya que de conformidad con la legislación se deben alimentos no sólo a la persona nacida, sino que merece protección la persona que está por nacer. Una vez que su hijo (a) nazca, deberá solicitar un reconocimiento forzoso de paternidad y continuar con la acción de alimentos a fin de que el padre siempre cumpla con su responsabilidad. Pueden auxiliarla para estas diligencias en los consultorios jurídicos de las universidades, en los cuales estudiantes egresados realizan sus prácticas. Cáritas de Honduras tiene también una oficina legal, o acudir a los centros de Derechos Humanos y a los abogados independientes.
Estoy enjaranado con varias instituciones bancarias, ya son de 6 a 7 cuotas de retraso y no hallo cómo empezar a pagarlas. no tengo capacidad. ¿estos bancos deben ayudarme refinanciando mi deuda?
Lamento mucho la situación que me expone. Le recomendaría abocarse a las instituciones bancarias a las que adeuda, específicamente en los departamentos de recuperaciones o cobros. Las instituciones bancarias buscarán la forma legal de llegar a un acuerdo económico con usted mediante el refinanciamiento de su obligación. Obviamente le solicitarán llenar ciertos requisitos como avales, dirección exacta, lugar de trabajo o la documentación de que es usted un comerciante. Cárcel por deudas no hay, salvo que se tratara de una estafa, un fraude u otra acción penal. Ahora bien, si ya se ha incoado una acción para recuperar la obligación, es posible que sea decretado un embargo de su salario o de sus bienes, por lo que lo más pronto posible acuda a las instituciones bancarias a la que les adeuda y trate de llegar a un arreglo económico de beneficio para ambas partes.

¿Me chocaron el carro, el parte de tránsito me favorece, pero el otro conductor no quiere pagar, ¿qué hago?
Primeramente obtenga la certificación de Tránsito y con ello en base a los daños ocasionados presente una acción civil por daños y perjuicios de acuerdo con la cuantía. Si la reparación es menor a los cincuenta mil lempiras abóquese ante el Juzgado de Paz de lo Civil y si es superior a esa cantidad ante el Juzgado de Letras de lo Civil. Si hubiera lesiones puede entablarse la acción penal ante el Ministerio Publico a fin de que se proceda por esta vía de igual manera.
¿Tengo una propiedad, pero acaba de aparecer una persona diciendo que es el dueño legítimo, ¿qué me aconseja?
Debe acudir con la copia de su escritura pública de dominio ante el Instituto de la Propiedad Inmueble y Mercantil a fin de verificar que su antecedente de dominio no ha sido cambiado o no le han realizado una venta fraudulenta de su bien inmueble; en caso de que esto haya acontecido deberá presentar la acción penal por el delito de falsificación de documentos públicos. Si éste no fuera el caso deberá esperar que se accione por la vía civil por la persona que manifiesta ser el legítimo propietario de la propiedad y en base a lo que se exponga deberá darse contestación a la demanda en mención.
¿Mi pareja me maltrata y no se quiere separar, pero yo quiero comenzar los trámites de divorcio, ¿qué puedo hacer para salir bien librada?
Puede iniciar una acción por violencia doméstica; recuerde que ésta se comete no sólo por un maltrato físico, sino también por el psicológico, económico y sexual. Con la resulta del proceso podrá dar inicio a la acción de divorcio por la causal de malos tratos que contempla el Código de Familia y de esa manera tendrá legitimada la causa de divorcio que pretende invocar y como cónyuge inocente lograr la patria potestad y los alimentos a su favor y de sus menores hijos si en caso hubiese.
La empresa donde laboro se está declarando en quiebra, ¿quién responde por mis prestaciones?
La empresa misma donde usted labora debe responder sobre sus derechos y para ello deberá usted dar parte a las autoridades del Ministerio de Trabajo a fin de que se levante un inventario sobre los bienes de su empresa y puede a su vez entablar una diligencia prejudicial de embargo a fin de garantizar las resultas del proceso en caso de requerirse una acción para el pago de sus prestaciones sociales.